CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES
Desde la AEDEF asesoramos en los pasos que se deben seguir para constituir una sociedad y en qué consiste cada uno de ellos. Las múltiples gestiones de toda constitución de sociedades y la complejidad de las estas, pueden ser un impedimento que frene el deseo de emprender y constituir una empresa. Por este motivo, desde la AEDEFayudamos en laconstitución de su Sociedad desde el primer momento hasta el último, gestionando todos los trámites necesarios para que no tenga que preocuparse de nada.
Constitución de sociedades paso a paso
En primer lugar, como franquiciado que serás, debes elegir qué tipo de sociedad es la que quieres constituir teniendo en cuenta que cada una tiene sus características, requisitos y particularidades. Se puede constituir una Comunidad de Bienes, una Sociedad Civil, una Sociedad Cooperativa o bien una Sociedad de Responsabilidad Limitada o Anónima, que son los dos tipos sociales más comunes y cuyos requisitos de constitución analizaremos a continuación. Para constituir una Sociedad Limitada ó Anónima, estos son los pasos a seguir:
· Solicitud negativa de denominación social ante el Registro Mercantil Central que se solicita a través de su web con el objetivo de obtener una denominación social que no esté siendo utilizada por otra empresa.
· Solicitud de CIF (Código de Identificación Fiscal) de la nueva Sociedad ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
· Depósito del capital social en una entidad bancaria a nombre de la Sociedad. Si se trata de una Sociedad Limitada ese capital deberá ser superior a 3.006 euros, y si es Anónima, superior a 120.000 euros.
· Elaboración de los Estatutos Sociales que regirán el funcionamiento y desarrollo de la Sociedad (Objeto Social, Sistema de Administración de la Sociedad…).
· Firma de la Escritura de Constitución ante notario.
· Declaración del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) ante la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.
· Inscripción de la Escritura en el Registro Mercantil correspondiente.
· Declaración del inicio de actividad y alta en el Impuestos sobre Actividades Económicas (IAE) frente a la AEAT.
· Inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
· Solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por parte de los administradores de la sociedad.
· Presentación y legalización de los libros de matrículas y de visitas.
Otras gestiones en la constitución de sociedades
De manera adicional y cuando así lo requiera la situación: solicitud de inscripción en el Registro de Actividades y Empresarios Comerciales de la Consejería de Trabajo o Dirección Provincial de Trabajo, la solicitud de licencia de apertura al Ayuntamiento y si hay trabajadores, el alta de trabajadores y la formalización de sus contratos.