Esta página conserva el tema y la autoría del artículo publicado por AEDEF en 2018, pero actualiza su referencia normativa. El Reglamento (UE) 330/2010 citado entonces fue sustituido por el Reglamento (UE) 2022/720.
El marco europeo vigente
El Reglamento (UE) 2022/720 considera cláusula de no competencia, entre otros supuestos, la obligación que exige al comprador adquirir al proveedor o a una empresa designada más del 80% de sus compras de los productos o servicios contractuales y sus sustitutos.
La exención por categorías no se aplica, con carácter general, a cláusulas de no competencia de duración indefinida o superior a cinco años. Esto no significa que cualquier obligación que supere esos límites sea automáticamente nula: exige analizar el acuerdo, las cuotas de mercado, la justificación y la aplicación del artículo 101 del Tratado.
La exclusividad también es una cuestión de rentabilidad
Una red puede centralizar compras para asegurar calidad, uniformidad y eficiencia. El franquiciado necesita conocer el precio, la calidad, los plazos, los mínimos y las alternativas previstas cuando el proveedor falla.
También importa saber si el franquiciador obtiene rappels, comisiones o márgenes sobre el suministro y cómo se relacionan con el royalty y el resto de pagos del sistema.
Qué conviene revisar en el contrato
- Qué productos, servicios y proveedores quedan incluidos.
- Qué porcentaje de las compras está sujeto a obligación.
- Durante cuánto tiempo se aplica y cómo se renueva.
- Quién fija el precio y cómo se comunican las variaciones.
- Qué ocurre ante desabastecimiento, defectos o costes no competitivos.
- Si existen productos equivalentes o alternativas autorizables.
- Qué información recibirá el franquiciado sobre ventajas económicas de la central de compras.
Qué documentación ayuda a analizar un problema
Conserva contratos y anexos, tarifas históricas, facturas, pedidos, comunicaciones de cambios, incidencias de suministro, comparativas de mercado y datos de margen. La práctica real puede ser tan importante como la redacción formal.
Consulta el Reglamento (UE) 2022/720, aplicable desde el 1 de junio de 2022.
La validez de una obligación de compra no se decide solo por un porcentaje o una duración. Requiere un análisis jurídico y económico del contrato y del mercado afectado.